jueves, 31 de marzo de 2016
martes, 8 de marzo de 2016
INTRODUCCIÓN
Este blog forma parte de una práctica escolar de la materia de NTIC, de la Universidad de Sonora, fue hecho con ayuda del docente Daniel Zaragoza. El objetivo de este blog es explicar los temas de importación y exportación temporal.
Para entender mejor el tema del que se hablará en este ensayo es necesario definir los conceptos básicos de los cuáles se estará tratando a lo largo de este texto.
Para entender mejor el tema del que se hablará en este ensayo es necesario definir los conceptos básicos de los cuáles se estará tratando a lo largo de este texto.
Importación es la operación mediante la cual se somete a una mercancía extranjera a la regulación y fiscalización tributaria, para poderla después libremente destinar a una función económica de uso, producción o consumo.
Exportación es el envío de mercancías nacionales o nacionalizadas para su consumo o uso en el exterior. Jurídicamente ello significa una venta más allá de las fronteras políticas de un país. Esta operación supone la salida de mercancías de un territorio aduanero y produce como contrapartida la entrada de divisas.
Medidas de regulación y restricción no arancelarias:
Estas medidas se establecen a través de acuerdos expedidos por la SE o, en su caso, conjuntamente con la autoridad competente (Sagarpa, Semarnat, Sedena, Salud, SEP, etc.), pudiendo establecerse en los siguientes casos:
I. V. CuanPara corregir desequilibrios de la balanza de pagos.
II. Para regular la entrada de productos usados, de desecho o que carezcan de mercado sustancial en su país de origen o procedencia.
III. Conforme a lo dispuesto en tratados o convenios internacionales de los que México sea parte.
IV. Como respuesta a las restricciones a exportaciones mexicanas aplicadas unilateralmente por otros países
Cuando sea necesario impedir la concurrencia al mercado interno de mercancías en condiciones que impliquen prácticas desleales de comercio internacional
VI. Cuando se trate de situaciones no previstas por las normas oficiales mexicanas en lo referente a seguridad nacional, salud pública, sanidad fitopecuaria o ecología .
DESARROLLO DEL TEMA
Importación temporal:
Por otra parte la importación temporal consiste en la entrada al país de mercancías para permanecer en él por un tiempo limitado y con una finalidad específica, pudiendo destinarse a la elaboración, transformación o reparación en programas de maquila o exportación, siempre que retornen al extranjero después de cumplir con su finalidad y dentro del plazo efectuado para hacer la importación. En las importaciones temporales de mercancías de procedencia extranjera no se pagan los impuestos al comercio exterior, ni las cuotas compensatorias debiendo únicamente de cumplir con las obligaciones de restricción o regulación no arancelarias.
Figura 1
Exportación temporal:
En el caso de las exportaciones temporales de mercancías nacionales o nacionalizadas no se pagarán los impuestos al comercio exterior y se cumplirán las obligaciones en materia de regulaciones y restricciones no arancelarias y formalidades para el despacho de las mercancías destinadas a este régimen. En dado caso de que la mercancía no regrese al país al finalizar el plazo estipulado se considerará como exportación definitiva y se deberá de pagar el impuesto general de exportación actualizado desde que se efectuó la exportación temporal y hasta el momento que se pague.
Figura 2
Para mayor información visita:
http://www.sat.gob.mx/aduanas/importando_exportando/regimenes/Paginas/importacion_temporal.aspxhttp://www.sat.gob.mx/aduanas/importando_exportando/regimenes/Paginas/exportacion_temporal.aspx
CONCLUSIONES
Como conclusión podemos destacar la diferencia entre exportación temporal y exportación, la exportación se define como el envío de mercancías nacionales o nacionalizadas para su consumo o uso en el exterior. A diferencia de la exportación temporal que la mercancía permanece en el exterior por un tiempo limitado, como por ejemplo:
- Cuando se piensa arreglar alguna mercancía o producto.
- Cuando se piensa transformar alguna mercancía o producto.
- Elaborar alguna mercancía o producto.
- Finalizar alguna mercancía o producto.
Una de las diferencias más notables es también que no se pagarán los impuestos al comercio exterior.
A su vez, también es importante recalcar las diferencias entre importación temporal e importación. Importación es la operación mediante la cual se somete a una mercancía extranjera a la regulación y fiscalización tributaria, para poderla después libremente destinar a una función económica de uso, producción o consumo. Mientras que la importación temporal consiste en la entrada al país de mercancías para permanecer en él por un tiempo limitado y con una finalidad específica, como por ejemplo:
- Cuando se piensa arreglar alguna mercancía o producto.
- Cuando se piensa transformar alguna mercancía o producto.
- Elaborar alguna mercancía o producto.
- Finalizar alguna mercancía o producto.
En las importaciones temporales de mercancías de procedencia extranjera no se pagan los impuestos al comercio exterior.
Notamos que es casi el mismo proceso. Cuando se trata de permisos de importación y exportación temporal, la mercancía se mantiene solo dentro (o fuera) del país por un tiempo limitado y con una función específica, ya se terminar, reparar, elaborar etc; A diferencia de la importación y exportación que conocemos comúnmente, en donde la mercancía o producto se queda definitivamente en el interior (o exterior) para su consumo o uso.
Para mayor información visita:
http://biblio.juridicas.unam.mx/libros/6/2951/10.pdfREFERENCIAS
Figura 1: [https://www.google.com.mx/search?site=imghp&tbm=isch&q=Ley+AduanerM%C3%A9xico&tbs=sur:fmc&gws_rd=cr&ei=9p_TVuiqE6rmjgS3-orYAQ#tbs=sur:fmc&tbm=isch&q=exportacion+e+importacion+mexico&imgrc=9WaZpBeXkTHrZM%3A]
Witker, J., & Hernández, L.. (2008). Importación y exportación en México. En Régimen Jurídico del Comercio en México(pp 343-397). Ciudad de México, México: IIJ-UNAM.
Poder Ejecutivo Federal. (1981). Medidas de regulación y restricción no arancelarias . Febrero 28, 2016, de Aduana México Sitio web: http://www.aduanas.gob.mx/aduana_mexico/descargas/guia_importacion/gi08_06.pdf
Servicio de Administración Tributaria. (2010). Importación temporal. Febrero 28 de 2016, de Servicio de Administración Tributaria Sitio web: http://www.sat.gob.mx/aduanas/importando_exportando/regimenes/Paginas/importacion_temporal.aspx
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